Servicios | Online

Cerrar

Imprimir

TITULO:   Industrias: Insalubres
ORDENANZA N° 9034: Esta ordenanza establece que los establecimientos industriales insalubres establecidos en la zona de quintas y en el ejido, deben construir cámaras sépticas por las cuales derivarán todas las aguas utilizadas en sus trabajos.- (1) (1) Remitirse al texto completo de la ordenanza nº 9034 que obra en tomo III, título "Medio Ambiente".-
Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas
Departamento de Sistemas - Dirección de Informática - ©
webmaster@concordia.gob.ar
www.concordia.gob.ar