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TITULO:   Horario Apertura
ORDENANZA Nº 32080 SANCIONADA: 25.10.2001 PROMULGADA: 05.11.2001 PUBLICADA: 22.11.2001 ARTICULO 1º.- Establécese como horario de apertura de los negocios comprendidos en el artículo 49º de la ordenanza nº 27541 la hora cero (0 horas). (1) (1) La ordenanza nº 27541 reglamenta los espectáculos públicos o privados, en locales abiertos o cerrados, se cobre o no entrada. El texto completo de la misma obra en este punto.-
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