ORDENANZA Nº 17933
SANCIONADA: 24.10.1973
PROMULGADA: 02.11.1973
ARTICULO 1º.- Exímese a la Junta Provincial de la Citricultura de Entre Ríos y a la Asociación de Citricultores de Concordia, de todo impuesto aplicable a los espectáculos de cualquier naturaleza que organicen en oportunidades de la realización de la Fiesta Nacional de la Citricultura en la Ciudad de Concordia.
ARTICULO 2º.- Exceptúase del impuesto a las entradas a los concurrentes a los espectáculos públicos comprendidos en el artículo 1º de la presente ordenanza.
ARTICULO 3º.- Dispónese por otra parte, que la Municipalidad nombrará anualmente un representante ante las entidades indicadas en el artículo 1º; a efectos de la colaboración y coordinación en la organización de los actos celebratorios de la Fiesta Nacional de la Citricultura que es también la fiesta de toda la comunidad de Concordia.