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TITULO:   Equipos de Sonido: Precinto
DECRETO N° 27751/1995 FECHA: 15.03.1995 PUBLICADA: 15.03.1995 ARTICULO 1°.- Establécese que a partir de la fecha del presente decreto, se procederá, en toda la jurisdicción del Municipio de Concordia, al precintado de los equipos emisores de sonido en lugares habilitados y/o a habilitarse para espectáculos públicos como condición sine qua non para su funcionamiento.- ARTICULO 2°.- Dispónese que lo establecido en el artículo 1° estará a cargo de la Dirección de Saneamiento Ambiental, dependiente de la Secretaría de Medio Ambiente, Ecología y Saneamiento como área técnica responsable.- ARTICULO 3°.- Las infracciones a las disposiciones del presente decreto serán penadas con las sanciones dispuestas en el artículo n° 75° del Capítulo IV de la ordenanza n° 27541. (1) (1) La ordenanza nº 27541, que puede ser consultada en el Digesto, considera espectáculo público, toda reunión, función, representación, acto social, deportivo o de cualquier género que tenga por objeto el entretenimiento de personas y que se efectúe en locales cerrados, o abiertos, públicos o privados y donde tenga acceso la concurrencia, se cobre o no entrada.-
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