ORDENANZA N° 32654
SANCIONADA: 02.02.2004
PROMULGADA: 16.02.2004
PUBLICADA: 17.02.2004
ARTICULO 1°.- Dispónese no innovar en usos, actividades, modificación edilicia, intervención física, y todo agregado que altere de manera definitiva el carácter del sitio, de los terrenos de la ex Estación Concordia Norte, comprendido entre calles, San Lorenzo, San Luis, 25 de Mayo y Moulins, hasta tanto no se cuente con un plan de intervención integral para el área.-
ARTICULO 2°.- Toda actividad, uso y/o función que se desarrolle en el predio descripto en el artículo 1°, tendrá el carácter de precario y perentorio, y para su autorización se deberá contar con un dictamen técnico de factibilidad, emanado de la dirección de: Arquitectura, Planeamiento e Ingeniería de la Subsecretaria de Obras Públicas, dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.-
ARTICULO 3°.- Dispóngase que las áreas mencionadas en el artículo 2°, brindarán un detalle de las acciones a iniciar, para efectuar un llamado a concurso nacional de anteproyectos, que brinden los elementos para un plan de intervención integral del área.-