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TITULO:   Expendio: Convenio Jefatura de Policía
ORDENANZA N° 26432 SANCIONADA: 22.04.1993 PROMULGADA: 03.05.1993 PUBLICADA: 04.05.1993 ARTICULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal, a suscribir un convenio con la Jefatura de Policía Departamental de Concordia, a fin de compatibilizar procedimientos conjuntos, que permitan realizar verificaciones en lugares públicos donde eventualmente se producen las contravenciones a la ordenanza nº 25603.- (1) ARTICULO 2º.- A los efectos del cumplimiento del acuerdo, citado en el artículo 1º de la presente ordenanza, se destacará durante los fines de semana, personal de Policía Municipal, para que acompañe a los Agentes Policiales en sus patrulleros, al realizar recorridos por la ciudad, y ante la verificación del consumo de bebidas alcohólicas por parte de menores de edad, condición que pueden comprobar dichos agentes al solicitar identificación, el representante municipal confeccionará acta de infracción al propietario del local donde se detecte la misma, e intimará al cumplimiento de la ordenanza referida.- (1) La ordenanza nº 25603, que puede ser consultada en este mismo apartado, prohibe el expendio de bebidas alcohólicas y toda otra bebida que contenga alcohol, ya sea en mínimo grado, durante las veinticuatro (24) horas del día, en todo lugar público como: bares, confiterías, discotecas, clubes nocturnos, clubes, bailes, negocios afines, comercios, negocios, etcétera, a menores de 17 años de edad, aunque los mismos estén acompañados de padres, familiares o personas mayores de edad, ante la duda y para ese solo fin se solicitará documento de identidad.
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