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TITULO:   Donación de Inmueble Municipal para la Construcción de la Comisaría N° 11 de la Policía de Entre Ríos
DECRETO Nº 802 FECHA: 28.06.2024 PUBLICADO: 12.07.2024 ARTICULO 1°.- Dispónese la donación del siguiente inmueble de propiedad municipal a favor del SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS, correspondiente al Plano de Mensura 40949, Partida Provincial 125659, partida Municipal 150071, con destino a la construcción de la Comisaría N° 11 de la Policía de Entre Ríos, ubicado en calle J. J. Valle S/N°, entre Ruta. Provincial N° 4 y Calle Pública de esta ciudad de Concordia de la provincia de Entre Ríos. Cuyos límites y linderos son los siguientes: INMUEBLE: localizado en el Departamento Concordia, del Ejido de Concordia, Zona de Chacras, Chacra N° 15, Grupo A (Parte), Plano de Mensura 40949, Partida Provincial 125659, Partida. Municipal 50071, ubicado en el Departamento Concordia, del Ejido de Concordia, Zona de Chacras, Chacra N° 15, Grupo A (Parte), con una superficie total de UNA HECTÁREA, SETENTA ÁREAS, SÉTENTA y DOS CENTIÁREAS (1 Ha. 70 a, 72 ca.), cuyas medidas, limites y linderos son las siguientes: Al Norte: Recta alambrada 1-2 al rumbo S 62° 24' E de 29 m., que lindera con Suco de Felipe Lombardo. Al Este: Cuatro Rectas alambradas a saber: 2-3 al rumbo S 34° 16' O de 58 m. lindera con Suco de Felipe Lombardo; 3-4 al rumbo S 37º 36' O de 170,20 m lindera con Suc. de Felipe Lombardo y con Luis Gini; 4-5 al rumbo N 80° 40' O de 95,10 m. lindera con Antonio F. Lagari y con Ramona M. de Addy; 5-6 al rumbo S 10° 27" O de 26,50 m, lindera con Ramona M de Addy. Al Sur: Recta alambrada 6-7 al rumbo N 65° 03" O de 41,30 m., lindera con Mercedes de Gini. Al Oeste: Recta alambrada 7-1 al rumbo N 52° 30' E de 311 m., lindera con Calle Pública. ARTICULO 2°.- lnstruméntase las medidas pertinentes que posibiliten la verificación y cumplimiento efectivo de la presente medida y del destino establecido en la misma, evitando desvirtuar el uso para el que fue donado el predio como asimismo efectuar todas las acciones legales que posibiliten su recuperación en el caso de no observarse las referidas condiciones, disponiendo su inmediata afectación al dominio público y/o afectación a otros destinos. ARTICULO 3°.- Establécese que los honorarios y gastos de mensura, escritura y todos aquellos que surjan como resultado de la presente tramitación sean a cargo del SUPERIOR GOBIERNO DE ENTRE RIOS. ARTICULO 4°.- Téngase presente que por la Escribanía Mayor de Gobierno se efectuarán las gestiones administrativas y/o judiciales, tendientes a cumplimentarlas inscripciones de dominio del inmueble en cuestión a favor del SUPERIOR GOBIERNODEENTRE RIOS. ARTICULO 5°.- Remítase a través de nota de estilo a conocimiento de la Policía de Entre Ríos y al SUPERIQR GOBIERNO DE ENTRE RIOS, debiéndose dar intervención a la Dirección de Catastro y en su oportunidad, a la Dirección de Rentas, dependientes de la Secretaría de Hacienda. ARTICULO 6°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dese a la Jefatura de Gabinete y a la Secretaría de Gobierno y oportunamente.
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