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TITULO:   Convenio entre la Municipalidad de Concordia y la Fundación Odeón
ARTICULO 1°.- Téngase presente en todos sus términos, el Convenio suscripto el día 02 de Mayo de 2024 entre la Municipalidad de Concordia, representada por su Presidente Municipal, Dr. FRANCISCO AZCUÉ, asistido por el Secretario de Gobierno Dr. LUCIANO DELL´OLIO, y la Fundación Odeón, representada por su Presidente, Sr. Jorge I. Aragón y Secretario de Consejo de Administración Sr. Osvaldo H. Di Lauro, que consta de nueve (9) cláusulas y cuya copia forma integrante del presente Decreto corno Anexo I.- ARTICULO 2°.- Disponer reconocer y abonar el mes de Mayo de 2024 y los pagos que se devenguen hasta cumplimentar el período de Dos (2) años a la Fundación Odeón de Concordia, la suma de PESOS TRESCIENTOS SETENTA MIL ($ 370.000), - no reintegrable - como contraprestación por el uso de la sala en funciones oficiales, entrega de premios y actuaciones de interés general, debiendo la Secretaria de Gobierno iniciar el trámite administrativo, de pago. Este canon o precio se ajustará semestralmente incrementándose, de acuerdo al INDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR (IPC). ARTICULO 3°.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Convenio, en la partida: 01.90.01.01.02.21.08 Secretaría de Gobierno. ARTICULO 4°.- Autorizar a la Contaduría y a Tesorería Municipal a emitir la orden y efectuar el pago correspondiente, del uno al diez de cada mes, previo cumplimiento de las obligaciones que al efecto se establece en el Convenio. ARTICULO 5°.- Remitir nota da estilo, adjuntando copia del presente Decreto, a la Fundación Teatro Gran Odeón, para su conocimiento y demás efectos. ARTICULO 6°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, archívese.-
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