RESOLUCION Nº 15804/64
SANCIONADA: 16.09.1964
PROMULGADA: 21.10.1964
ARTICULO 1º.- El Departamento Ejecutivo no ejecutará ninguna obra en el Parque Rivadavia en el llamado comúnmente Palacio San Carlos, que pueda modificar el estado actual de las ruinas existentes en dicho palacio.- (1)
ARTICULO 2º.- Exceptúase de la presente resolución toda medida que tendrá a preservar, conservar y/o apuntalar lo que actualmente existe.-
ARTICULO 3º.- Toda obra que se proyecte en el Palacio "San Carlos" o que implique aprovechamiento de las ruinas del mismo deberá contar previamente con el dictamen favorable de la Comisión Municipal de Cultura, de la Comisión especial que se designará el efecto y que deberá esta integrada por vecinos o personas que reúnan amplios conocimientos sobre la materia.-
(1) Mediante ordenanza nº 31214 el Parque Rivadavia paso a denominarse Parque San Carlos.-