TITULO: Zona del Parque Industrial Unica Para Radicación Industrias
ORDENANZA N° 31215
SANCIONADA: 16.09.1999
PROMULGADA: 04.10.1999
PUBLICADA: 08.10.1999
ARTICULO 1°.- Declárase como única zona para radicación de industrias al Parque Industrial de Concordia.
ARTICULO 2°.- Desaféctase el sector comprendido a la Chacra 20 que ha sido incorporado al Código de Ordenamiento Urbano como A-1, salvo un campo lindero al Parque Industrial de 66 HS. 63 A. 77 CA., de acuerdo al plano anexo.
ARTICULO 3°.- Considérese el sector mencionado en el artículo anterior, como S-A-2, posibilitando la extensión para uso residencial respondiendo de esa forma a un mejoramiento en el reclamo de los vecinos y de la comisión vecinal del sector, quedando de esa manera incorporado a la planta urbana.
ARTICULO 4°.- Derógase toda norma que se oponga a la presente.