ORDENANZA Nº 25215: Reconoce, en el ámbito de la Ciudad de Concordia, a los operadores de la calle u organizaciones comunitarias debidamente acreditadas. Registro de Entidades de Bien Público y/o acrediten inscripción en el Registro de Personas Jurídicas y/o Organizaciones o Asociaciones de hecho cuyas tareas, desarrollo y acción se relacionen y vinculen a la prevención y recuperación de los chicos de la calle.- (1)
(1) El texto completo de la ordenanza nº 25215 se encuentra en el título Minoridad de esta obra