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TITULO:   Vehículos Municipales - Choferes
RESOLUCION N° 14712/1960 FECHA: 08.08.1960 ARTICULO 1°.- A partir del día de mañana, 9 de agosto de 1960, los chóferes a cargo de todos los vehículos automotores municipales, elevarán diariamente por intermedio del encargado de Talleres y Depósitos al jefe del Departamento de Obras Públicas, un parte sobre la labor y el recorrido realizado por la unidad.- ARTICULO 2°.- La Oficina de Compras y Suministros proveerá lo necesario para dotar de tapa provista de llave al tanque de combustible de todos los vehículos automotores de propiedad municipal.- ARTICULO 3°.- El encargado de Talleres y Depósitos elevará al Departamento Ejecutivo una nómina de los choferes encargados de cada unidad y comunicará en su caso las variaciones que se produzcan.- ARTICULO 4°.- La llave del tanque de combustible permanecerá en poder del encargado de Talleres y Depósitos, bajo su absoluta responsabilidad.- ARTICULO 5°.- Únicamente los choferes titulares de cada unidad están autorizados para cargar nafta y firmar la planilla correspondiente.- ARTICULO 6°.- Queda absolutamente prohibida la circulación de vehículos municipales para tareas extrañas al servicio, salvo en aquellos casos en que medíe expresa autorización del Departamento Ejecutivo o del jefe del Departamento de Obras Públicas.-
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