DECRETO Nº 736
FECHA: 02.07.2020
PUBLICADO: 20.07.2020
ARTÍCULO 1°.- Establecese el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón, para: a) ingresar o permanecer en locales comerciales. b) en dependencias de atención al público. c) para circular en transporte público. d) para circular en transporte privado cuando haya dos o más personas. e) para circular y permanecer en el espacio público en el ámbito de la ciudad de Concordia.-
ARTICULO 2°.- Comuníquese, regístrese, publíquese y oportunamente archívese.-