TITULO: Cartel Prohibido Estacionar Frente a Garage
ORDENANZA Nº 36370
SANCIONADA: 30.11.2017
PROMULGADA: 14.12.217
PUBLICADA: 29.12.2017
ARTÍCULO 1º.- Los propietarios y/o inquilinos de los inmuebles con garaje exclusivo para vehículos de su uso o propiedad podrán estacionar frente al mismo a condición de que se encuentre identificado con el número y letra de la patente, junto al cartel de prohibido estacionar.
ARTÍCULO 2°.-El cartel con la leyenda "Prohibido estacionar" y la individualización del rodado del propietario o inquilino frentista deberá encontrarse colocado en un lugar visible del garage o ingreso del estacionamiento.
ARTÍCULO 3°.- En los supuestos previsto en el Art. 1° y a tales fines, se exceptúa de las previsiones del Art. N° 49 de la Ley N° 24.449, norma esta a la cual el municipio se encuentra adherido mediante ordenanza N° 30.321/98.
ARTÍCULO 4°.- El alcance de la presente Ordenanza se extiende para toda la ciudad de Concordia.
ARTÍCULO 5°.-Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.