ORDENANZA Nº 30108
SANCIONADA: 07.05.1998
PROMULGADA: 20.05.1998
PUBLICADA: 22.05.1998
ARTICULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a recibir de los contribuyentes y/o responsables cheques de pago diferidos o pagares, o cualquier otro documento equivalente que otorgue fecha cierta de pago y sea transmisible por endoso como medio de cancelación de sus obligaciones tributarias.
ARTICULO 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a endosar los documentos estipulados en el artículo 1º a favor de proveedores que tengan créditos a su favor, previa registración del ingreso y egreso correspondiente.-
ARTICULO 3º.- Autorízase a la Tesorería Municipal a mantener en su poder los instrumentos de pago regidos por la presente ordenanza que no hayan sido endosados a favor de terceros, con su respectiva registración en una cuenta especial, hasta la fecha de vencimiento.-
ARTICULO 4º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a reglamentar mediante decreto la implementación de esta ordenanza y a crear las cuentas presupuestarias y de movimientos bancarios que sean necesarias y para registrar estas.- (1)
(1) El artículo 4º fue reglamentado por decreto nº 1624/2005. Remitirse al texto completo del mismo que obra en el Digesto Municipal.