ORDENANZA N° 29684
SANCIONADA: 02.10.1997
PROMULGADA: 15.10.1997
PUBLICADA: 24.10.1997
ARTICULO 1°.- Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal para poder deducir de la Tasa General Inmobiliaria la superficie, de todos los terrenos que figuran en las escrituras y que están ocupados por el cauce de los arroyos en forma proporcional a los mismos.-
ARTICULO 2°.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá efectuar las reducciones correspondientes a los efectos del cobro de las tasas de las propiedades involucradas en el artículo 1°.-