DECRETO Nº 26713/1993
FECHA: 07.09.1993
PUBLICADO: 07.09.1993
ARTICULO 1º.- Dispónese que los agentes judiciales deberán ingresar los importes percibidos e informar los días miércoles de cada semana o el hábil siguiente a la oficina de origen mediante la planilla que como anexo forma parte del presente, los procedimientos llevados a cabo y/o cobros que han recibido de las deudas que tengan en gestión.- De no haberse promovido acciones, en la semana igualmente deberá comunicarse fehacientemente en dicha planilla.-
ARTICULO 2º.- Será responsabilidad de los agentes judiciales asegurarse antes de la percepción total o parcial que la deuda en gestión esté actualizada a dicha fecha, caso contrario será a su cargo la diferencia de actualización.-
ARTICULO 3º.- Cuando los agentes judiciales acuerden facilidades de pago en cuotas de las deudas en gestión deberán efectuar la percepción de las cuotas correspondientes y el control del cumplimiento total de las mismas sin que ello implique un incremento en los honorarios del agente.-
ANEXO AL ARTICULO 1º DEL DECRETO Nº 26713
PLANILLA RESUMEN SEMANAL DE ACTUACIONES
AGENTE: ...................................................
SEMANA: de...... al......
(1) (2) (1+2)
Numero Nombre y Apellido Tasa Cuota Imp. Imp. Total
Planilla Número Tasas Tasas Cuota Obs.