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TITULO:   Bonificacion por titulo
ORDENANZA 35.876 SANCIONADA: 01.09.2016 PROMULGADA: 07.10.2016 PUBLICADA: 18.10.2016 ARTICULO 1º.- Aceptase para el cobro de la Bonificación por título por parte de los agente que revisten la condición de mensualizados por ante la Municipalidad de Concordia, el Certificado de Titulo en trámite Y/O el analítico expedido por la institución oficial de la cual egresaron, con la percepción de dicha bonificación retroactiva hasta un máximo de doce (12) meses desde que el agente hubiera cumplimentado con los requisitos. ARTICULO 2º.- El agente deberá en un lapso no mayor de doce (12) meses presentar el título original y fotocopia legalizada con el fin de que sea archivado en su legajo personal. ARTÍCULO 3º.- En caso de no cumplimentar lo establecido en Artículo 2º, el agente municipal no gozará de los beneficios de bonificación del titulo, hasta tanto cumpla con la presentación de copia legalizada por la Dirección de Recursos Humanos del título respectivo.
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