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TITULO:   Incremento 10% Convenios c/ Sec. de Salud y Deportes
DECRETO Nº 881/2014 FECHA: 25.07.2014 PUBLICADO: 31.07.2014 ARTICULO 1º.- INCREMENTESE un DIEZ POR CIENTO (10%) las sumas estipuladas oportunamente en los Convenios que establecen montos fijos, a percibir por los Agentes de la Administración Pública Municipal dependientes de las distintas Dependencias de la Secretaría de Salud y Deportes a partir del 1º de julio de 2014, en virtud de lo expresado en los Considerandos precedentes. ARTICULO 2º.- ESTABLECESE que los Convenios alcanzados por la presente disposición son los que a continuación se detalla: - Convenio personal de la Dirección de Especialidades Médicas y Dirección de Atención Primaria de la Salud- * Enfermeros: PESOS UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 77/100 ($ 1.252,77.-) * Administrativos: PESOS NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 51/100 ($996,51.-). * Ordenanzas: PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 18/100 ($ 854,18.-). - Convenio personal de la Dirección de Especialidades Médicas, Centro de Salud Benito Legeren y Centro de Salud Villa Zorraquin- * Chóferes de Ambulancia: PESOS UN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UNO CON 77/100 ($ 1.581,77.-). * Camilleros: PESOS UN MIL CINCUENTA Y CUATRO CON 53/100 ($ 1.054,53.-). - Convenio personal de la Dirección de Especialidades Médicas- * Radio operadores: PESOS NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 51/100 ($996,51.-). -Convenio personal de la Dirección de Discapacidad y Adultos Mayores * Chóferes: PESOS UN MIL SETECIENTOS CUATRO CON 75/100 ($1.704,75.-). * Acompañantes: PESOS SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 67/100 ($757,67.-). ARTICULO 3º.- DISPONESE que los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto; serán imputados a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Administración Municipal para el Ejercicio Económico de 2014. ARTICULO 4º.- EXEPTUASE la presente medida de lo dispuesto mediante Decreto Nº 444/2.011. ARTICULO 5º.- REMITASE A LA Dirección de Recursos Humanos a los fines de su conocimiento, toma de razón y notificación. Cumplimentado, envíese copia autenticada al Dirección de Liquidaciones de la Secretaría de Economía y Hacienda a los fines de su liquidación. ARTICULO 6º.- COMUNÍQUESE, publíquese, dése a la Secretaría de Gobierno y Coordinación de Gabinete y archívese.-
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