DECRETO Nº 165/2013
FECHA: 05.02.2013
PUBLICADO: 05.02.2013
ARTICULO 1º.- Dispónese centralizar la administración económica financiera, de recursos humanos y todo lo relacionado al funcionamiento integral de ambas áreas del Ente Descentralizado de Obras Sanitarias, en las Secretarias de Gobierno y Coordinación de Gabinete y de Economía y Hacienda, en lo que correspondiere a sus respectivas competencias orgánicas.
ARTICULO 2º.- Dispónese centralizar las funciones y operatoria de la Planta Potabilizadora del EDOS y todo lo relacionado a la prestación de servicios de agua y cloacas, como los directamente relacionados con ellos y todo cuanto haga a la efectiva prestación de servicios del Ente Descentralizado de Obras Sanitarias, en la competencia de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos.
ARTICULO 3º.- Comuníquese a las Secretarias mencionadas en los Artículos anteriores, que deberán adoptar las medidas que fueren necesarias y estimen pertinentes, a efectos de adecuar la organización y funcionamiento de las áreas a su cargo, posibilitando el desarrollo de la actividades, procedimientos y funciones encomendadas.
ARTICULO 4º.- Dispónese que la centralización de las funciones y operatorias enunciadas, tendientes a la satisfacción de las actividades y servicios de Ente Descentralizado de Obras Sanitarias comprendidas en el presente, se llevarán a cabo utilizando la composición de recursos humanos existentes en el Ente, con las modificaciones e incorporaciones si fueren necesarias, para el efectivo cumplimiento de la medida y lo que pudiere disponer al efecto el D.E.M.-
ARTICULO 5º.- Establécese que las autoridades del Ente Descentralizado de Obras Sanitarias deberán adecuar sus procedimientos a las disposiciones, procedimientos y operatorias técnicas que establezcan las Secretarias de Gobierno y Coordinación de Gabinete, de Economía y Hacienda y de Obras y Servicios Públicos, adoptando las medidas que resulten menester para dar satisfacción a las mismas y posibilitar el efectivo cumplimiento de lo dispuesto.
ARTICULO 6º.- Comuníquese al Ente Descentralizado de Obras Sanitarias, a las Secretarias de Gobierno y Coordinación de Gabinete, de Economía y Hacienda y de Obras y Servicios Públicos y a través de ellas a las áreas de su competencia orgánica, notifíquese y oportunamente archívese.