DECRETO Nº 1827/2011
FECHA: 24.08.2011
PUBLICADO: 26.08.2011
ARTICULO 1º.- Dispónese aplicar a los Convenios suscriptos por la Municipalidad de Concordia, correspondiente al personal de la Dirección de Saneamiento Ambiental, Dirección de Tránsito y Transporte, Área de Seguridad y Vigilancia de Edificios y Bienes Municipales, Unidad de Servicios Ambientales y Seguridad Turística respectivamente, que fueran ratificados mediante los Decretos Nº 1.255/08, 1.261/08 y que se estableció su continuidad mediante Decretos Nº 085/10 y Nº 058/11, un incremento del diez (10%) por ciento, conforme al detalle de códigos e importes que se indican en el Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto, a partir del día 1º de Agosto de 2.011.-
ARTICULO 2º.- Lo dispuesto en la presente disposición, se dicta como excepción al Decreto Nº 444/11.
ARTICULO 3º.- Autorízase al Departamento Liquidaciones dependiente de la Secretaria de Economía y Hacienda, a realizar las liquidaciones pertinentes a todo el personal municipal comprendido en la disposición dispuesta en el Artículo 1º del presente Decreto.
ARTICULO 4º.- Remítase a la Dirección de Recursos Humanos, a los fines de su conocimiento y notificación, cumplimentado remitir a la Contaduría y Tesorería Municipal, para su intervención y demás efectos.
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
ANEXO I - DECRETO Nº 1.827/2.011.-
a) Código 345, con un monto de Pesos Trescientos Uno con Cuarenta y Ocho Centavos ($ 301,48.-), Cláusula Tercera, con el personal de la Dirección de Saneamiento Ambiental, ratificado mediante Decreto Nº 1.255/07.-
b) Código Nº 568, con un monto de Pesos Trescientos Sesenta y Uno con Veinticuatro Centavos ($ 361,24.-), Cláusula Tercera con el personal del Departamento Seguridad y Vigilancia de Edificios y Bienes Municipales, ratificado mediante Decreto Nº 1.261/08.-
c) Convenio con personal de la Dirección de Tránsito y Transporte, conforme Cláusula Tercera inciso a) que fuera ratificado mediante Decreto Nº 1.261/08 de Pesos Setecientos Dos con Ochenta y Un Centavos ($ 702,81.-) e inciso b) de Pesos Ciento Setenta y Cuatro con Sesenta y Tres Centavos
($ 174,63.-) respectivamente.-
d) Código Nº 332, que se abona al personal de la Unidad de Servicios Ambientales, Cláusula Sexta, ratificado mediante Decreto Nº 1.261/08 de Pesos Quinientos Sesenta y Siete con Ochenta y Un Centavos ($ 567,81.-).-
e) Códigos 107 que se abona al personal del Departamento de Seguridad y Vigilancia de Edificios y Bienes Municipales, conforme a lo previsto en el Convenio, Cláusula Quinta ratificada mediante Decreto Nº 1.261/08, de Pesos Ochocientos Cincuenta y Seis con Cuarenta y Dos Centavos
($ 856,42.-).-
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