TITULO: Modalidad - Cumplimiento Tareas - Personal Secretaría de Obras Públicas
DECRETO Nº 22019/1985
FECHA: 31.01.1985
ARTICULO 1º.- Los Señores directores, subdirectores, jefes y encargados de distintas oficinas y reparticiones municipales del área de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos deberán adoptar los recaudos necesarios a fin de cumplir con su cometido llevando a cabo las tareas encomendadas y diligenciando las instrucciones dadas al efecto dentro del menor plazo posible, para no entorpecer la norma municipal y agilizar de este modo el ritmo de trabajo y la labor diaria en àrea de un mejor servicio público y administrativo.
ARTICULO 2º.- A tales efectos, y en el caso de encomendárselos la realización de alguna tarea o servicio, deberán producir y llevar a la secretaría de Obras y Servicios Públicos una amplia información consignando:
a) Día y hora de iniciación de dichos trabajos y fecha aproximada en que se estima su conclusión.
b) Inconvenientes si los hubiere, de realizar los mismos y posible solución a los problemas que se plantearen.
c) Modalidad de trabajo a desarrollar o encarar en este caso, o si por razones técnicas u otros imperiosos fuere preciso modificar o variar al que originariamente se les encomendare.
d) Lo dispuesto en los puntos b) y c), deberá ser comunicado a la secretaría de Obras y Servicios con la debida antelación.