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TITULO:   Incremento 10% Convenios Sec. de Salud
DECRETO Nº 1976/2011 FECHA: 05.09.2011 PUBLICADO: 06.09.2011 ARTICULO 1º.- Dispónese un incremento del Diez por ciento (10%) en las sumas estipuladas oportunamente en los Convenios que establecen montos fijos a percibir por los Agentes de la Administración Pública Municipal dependientes de las distintas Dependencias de la Secretaría de Salud y Desarrollo Social a partir del 1º de agosto de 2011, en virtud de lo expresado en los Considerandos precedentes.- ARTICULO 2º.- Establécese que los Convenios alcanzados por la presente disposición son los que a continuación se detallan: -Convenio personal de la Dirección de Especialidades Médicas y Dirección de Atención Primaria de la Salud.- · Enfermeros: PESOS SETECIENTOS VEINTISIETE CON CINCUENTA Y DOS (727,52) · Administrativos: PESOS QUINIENTOS SETENTA Y OCHO CON SETENTA Y UNO CENTAVOS. ($578,71) · Ordenanzas: PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON CINCO CENTAVOS. ($496,05) -Convenio personal de la Dirección de Especialidades Médicas, Centro de Salud Benito Legerén y Centro de Salud Villa Zorraquín- · Chóferes de Ambulancia: PESOS NOVECIENTOS DIECIOCHO CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS ($918,59) · Camilleros: PESOS SEISCIENTOS DOCE CON CUARENTA CENTAVOS ($612,40) -Convenio personal de la Dirección de Especialidades Médicas- · Radio operadores: PESOS QUINIENTOS SETENTA Y OCHO CON SETENTA Y UN CENTAVOS ($578,71) -Convenio personal de la Dirección de Discapacidad y Adultos Mayores- · Chóferes: PESOS NOVECIENTOS NOVENTA ($990,00) · Acompañantes: PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA ($440,00) ARTICULO 3º.- Dispónese que los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, serán imputados a las partidas correspondientes del presupuesto general de la Administración Municipal para el Ejercicio Económico 2011. ARTICULO 4º.- Exceptúase la presente medida de lo dispuesto mediante Decreto Nº 444/2011 de fecha 03 de marzo de 2011. ARTICULO 5º.- Remítase a la Dirección de Recursos Humanos a los fines de su conocimiento, toma de razón y notificación. Cumplimentado envíese copia autenticada al Departamento Liquidaciones de la Secretaría de Economía y Hacienda a los fines de su liquidación. ARTICULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Secretaría de Gobierno y Coordinación de Gabinete y archívese.
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