DECRETO Nº 2201/2010
(Texto ordenado con la modificación introducida por Decreto Nº 338/2.011)
FECHA: 22.10.2010
PUBLICADO: 25.10.2010
ARTICULO 1º.- Establecer que el porcentaje a liquidar y abonar al Personal Municipal, comprendido en los Convenios firmados entre la Municipalidad de Concordia y personal de las Direcciones de Saneamiento Ambiental, Tránsito y Transporte, Área de Seguridad y Vigilancia de Edificios y Bienes Municipales, Unidad de Servicios Ambientales y con la Unidad de Seguridad Turística respectivamente, ratificados mediante los Decretos Nº 1.255/08, 1.261/08, cuya continuidad se estableció mediante Decreto Nº 085/10, en relación a los cuales se ha establecido un crecimiento del diez (10%) por ciento, mediante Decreto Nº 1.935/10, será aplicable desde el día 1º de Julio de 2.010.- (*)
ARTICULO 2º.- Lo dispuesto en la presente disposición, se dicta como excepción al Decreto Nº 1.284/10.
ARTICULO 3º.- Autorízase al Departamento Liquidaciones dependiente de la Secretaria de Economía y Hacienda, a realizar las liquidaciones pertinentes a todo el personal municipal comprendido en la disposición dispuesta en el Artículo 1º del presente Decreto.
ARTICULO 4º.- Remítase a la Dirección de Recursos, a los fines de su conocimiento, toma de razón y notificación, cumplimentado remitir a la Contaduría y Tesorería Municipal, para su intervención y demás efectos.
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
(*) Artículo modificado por Decreto Nº 338/2011.