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TITULO:   Incremento 7% en convenios de Sec. de Planeam., Obras y Ss. Pcos.
DECRETO Nº 66/2010 FECHA: 13.01.2010 PUBLICADO: 20.01.2010 ARTICULO 1º.- Dispónese un incremento, del siete por ciento (7%), en las sumas estipuladas oportunamente en los Convenios que establecen montos fijos, a liquidar a los Agentes Municipales dependientes de distintas áreas de la Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos, a partir del día 1º de Diciembre de 2009, en virtud de lo expresado en el considerando precedente. ARTICULO 2º.- Establécese que los Convenios alcanzados por la presente disposición son los que a continuación se detallan: · Parques y Jardines- Código Nº 103, cuyo monto quedará fijado en la suma de Pesos Cuatrocientos veintiuno ($421,00) y convenio Placeros, la suma de Pesos Trescientos cuarenta y siete ($347,00). · Electrotecnia y Comunicaciones-Código Nº 104, cuyo monto quedará fijado en la suma de Pesos Trescientos setenta y ocho ($378,00) y semaforistas. Pesos Quinientos diecinueve ($519,00). · Cementerio- Código Nº 105, cuyo monto quedará fijado en la suma de Pesos Trescientos cincuenta y siete ($357,00). · Mantenimiento de Calle sin Pavimentar y Riego- Código Nº 106 cuyos montos quedarán fijados en la suma de Pesos Seiscientos dieciocho ($618,00) para choferes, la suma de Pesos Seiscientos ochenta ($680,00) para maquinistas, y la suma de Pesos Cuatrocientos noventa y tres ($493,00) para ayudantes de camión. · Choferes de Recolección- Código 130 cuyo monto quedará fijado en Pesos Seiscientos treinta y uno ($631,00). · Convenio recolección Art. 6 Inc. "A"- Código 401 quedará fijado en Pesos Treinta y siete ($37,00). · Talleres y Depósitos- Código Nº 134, cuyo monto quedará fijado en un mínimo de Pesos Doscientos cuarenta y tres ($243,00) y un máximo de Pesos Seiscientos dos ($602,00). · Obrero de Recolección- Código 150, cuyo monto quedará fijado en la suma de Pesos Seiscientos treinta y uno ($631,00). · Terminal-Código Nº 358, cuyo monto quedará fijado en la suma de Pesos Cuatrocientos noventa ($490,00). · Obras Públicas-Código Nº 356, cuyo monto quedará fijado en un mínimo de Pesos Ciento cuarenta y uno ($141,00) y un máximo de Pesos Seiscientos treinta y uno ($631,00). · Catastro y Departamento Tierras- Código Nº 162, cuyo monto quedará fijado en la suma de Pesos Quinientos treinta y tres ($533,00). · Puerto-Código Nº 380 cuyo monto quedará fijado en la suma de pesos Ciento veintidós ($122,00). ARTICULO 3º.- Autorizase al Departamento Liquidaciones dependiente de la Secretaría de Economía y Hacienda a aplicar el valor indicado en el Artículo que antecede, correspondiente al Convenio de Personal de Catastro y Departamento Tierras de la Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos- Código Nº 162, y al Convenio Puerto Código Nº 380, a partir del día 1º de Diciembre de 2009. ARTICULO 4º.- Dispónese que los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, serán imputados a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Administración Municipal para el Ejercicio Económico de 2010. ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dése a la Secretaría de Gobierno, Turismo y Producción, cumplido archívese, remitir copia al Departamento de Liquidaciones.
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