DECRETO Nº 1084/2007
FECHA: 24.10.2007
PUBLICADO: 09.11.2007
ARTICULO 1º.- Otórgase un adicional no remunerativo, a los agentes de la Dirección Informática que se detallan en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto, a partir del 1º de Octubre de 2007, en virtud de lo expresado en el considerando precedente.- (1)
ARTICULO 2º.- Establécese que el adicional otorgado en el Artículo 1º del presente Decreto, deberá liquidarse bajo el código 335 "Adicional Dirección de Informática".
ARTICULO 3º.- Otórgase un adicional no remunerativo de Pesos Trescientos Cincuenta ($ 350,00) al agente mensual GONZALEZ, Mariano Nazareno legajo Nº 2842, el que deberá liquidarse bajo el código 175 "Retribución Especial", a partir del 1º de octubre de 2007. (1)
ARTICULO 4º.- Modifícase del Anexo del Decreto Nº 1457/06 el adicional correspondiente al agente mensual ALMUZARA, Pablo legajo Nº 9129 en Pesos Cuatrocientos Noventa ($ 490,00), a partir del 1º de Octubre del corriente año.
ARTICULO 5º.- Establécese que los adicionales otorgados en los Artículos 1º, 3º y 4º, serán percibidos por los agentes mientras cumplan funciones en la Dirección de Informática, desafectándose automáticamente al momento de su traslado.
ARTICULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Secretaría de Gobierno copia autenticada al Departamento de Liquidaciones y archívese.
(1) Mediante decreto nº 367/2009 se estableció que los adicionales otorgados se liquidaran bajo el código 359 "Adicional Informática Decreto nº 1457/06"