DECRETO Nº 664/2004
FECHA: 09.06.2004
PUBLICADO: 01.07.2004
ARTICULO 1º.- Establécese la obligación del registro de marcación de ingreso y egreso a sus tareas habituales de todo el personal que presta sus servicios en la Municipalidad de Concordia, cualquiera sea su situación de revista, en los relojes correspondientes y en los centros de costos y lugares de trabajo donde se encuentra afectado, el incumplimiento de lo dispuesto precedentemente, estará sujeto a las sanciones disciplinarias previstas en la Ordenanza de Escalafón Nº 11275/49 y sus modificatorias.
ARTICULO 2º.- Excepcionalmente cada Secretario podrá autorizar por razones de servicio debidamente fundadas el registro de marcación de ingreso y egreso de personal de su área, en aquellos lugares no habituales, debiendo al efecto comunicar por escrito con no menos de veinticuatro (24) horas a la secretaría de Gobierno y Hacienda, quién procederá a dar curso al trámite pertinente.
ARTICULO 3º.- La dirección de Recursos Humanos deberá entregar a la Unidad de Control la nómina del personal municipal por cada centro de costo y lugar de marcación de ingreso y egreso de sus tareas habituales.
ARTICULO 4º.- Facúltase a la Unidad de Control a realizar los controles e informes pertinentes en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1º del presente decreto, de conformidad a las facultades otorgadas a la citada dependencia mediante decretos nº 335/04 y 408/04.(1)
(1) Para consultar el decreto nº 335/2004 y su modificatoria nº 408/2004 remitirse al texto completo del mismo que obra en este título.-