ORDENANZA Nº 21576
SANCIONADA: 23.03.1984
PROMULGADA: 28.03.1984
ARTICULO 1º.- Declárase exento del pago de la tasa general que percibe la Municipalidad de Concordia, al personal que presta servicios en relación de dependencia y jubilados municipales que perciben ingresos equivalentes a la categoría 1 al 19 inclusive, del Estatuto de Obreros y Empleados Municipales.- (1)
ARTICULO 2º.- Declárase exento en un cincuenta por ciento (50%) del pago de la tasa general que percibe la Municipalidad de Concordia, al personal que presta servicios en relación de dependencia y jubilados municipales, a los que perciban ingresos equivalentes a las restantes categorías del Estatuto de Obreros y Empleados Municipales.-
(1) La Ordenanza Nº 22643 estableció que quedarán comprendidos en la exención aquellos inmuebles cuyos titulares sea el cónyuge del trabajador o el jubilado municipal que tenga la característica de lugar habitual de funcionamiento del hogar conyugal y sea única propiedad del grupo familiar.