Servicios | Online

Cerrar

Imprimir

TITULO:   Transp. Urbano - Estac.
DECRETO Nº 18057/1974 FECHA: 21.02.1974 ARTICULO 1º.- A partir del día 25 del corriente las empresas afectadas al transporte urbano de pasajeros, con recorrido en el radio comprendido por Carretera Urquiza entre las Avenidas San Lorenzo y Salto Uruguayo, con giros hacia cualquiera de las manos, deberán estacionar sus vehículos para el ascenso o descenso de pasajeros, por las calles transversales. ARTICULO 2º.- Para el correcto estacionamiento de los vehículos citados precedentemente la Dirección de Tránsito procederá a su señalamiento. ARTICULO 3º.- La violación a las normas establecidas en el presente decreto dará lugar a la aplicación de las sanciones establecidas en la ordenanza nº 16070.(1) (1) La ordenanza mencionada corresponde al anterior Código de Tránsito, que perdió vigencia.-
Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas
Departamento de Sistemas - Dirección de Informática - ©
webmaster@concordia.gob.ar
www.concordia.gob.ar