ORDENANZA N° 25587
SANCIONADA: 12.03.1992
PROMULGADA: 23.03.1992
PUBLICADA. 24.03.1992
ARTICULO 1°.- El Departamento Ejecutivo arbitrará los medios necesarios a efectos de que se construyan reducidores de velocidad del tipo o comúnmente llamados "lomo de burro", en los siguientes lugares a saber:
a) En ambos lados y treinta metros antes de las vías en todos los pasos a nivel comprendidos dentro del éjido de la Municipalidad de Concordia.-
b) En los accesos norte y sur del barrio denominado La Bianca.-
c) En Villa Zorraquin, sobre avenida Monseñor Rosch, ex ruta 14, ciento cincuenta metros después de los carteles indicadores de velocidad máxima 40 kilómetros.-
d) En avenida Eva Perón frente a Plaza La Rural.-
e) En avenida Monseñor Tavella, frente a la Facultad de Ciencias de la Administración.-
f) En ruta 4, con su intersección con calle La Pampa y en ambos lados próximos a la Escuela N° 73 "Pancho Ramírez".-
g) En boulevard San Lorenzo, en ambos lados próximos a las Escuelas Números 53 "San Martín" y 14 "Coronel Antonio Navarro".-
h) En avenida Las Heras, próximo y a ambos lados de la Escuela N° 17 "Diógenes de Urquiza".-
i) En calle Urdinarrain, antes de la Escuela N° 10 "Benito Garat".-
j) En ruta 14, próximo y ambos lados de la Escuela N° 33 "Damián P. Garat" y Acceso Sur de Concordia.-
ARTICULO 2°.- El Departamento Ejecutivo contará con el asesoramiento de la dirección Municipal de Tránsito con el fin de determinar el lugar exacto de la ubicación de tales reducidores y su respectiva señalización, como así también otros sectores donde crea conveniente su construcción.-