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TITULO:   Lomo Burro
ORDENANZA N° 25587 SANCIONADA: 12.03.1992 PROMULGADA: 23.03.1992 PUBLICADA. 24.03.1992 ARTICULO 1°.- El Departamento Ejecutivo arbitrará los medios necesarios a efectos de que se construyan reducidores de velocidad del tipo o comúnmente llamados "lomo de burro", en los siguientes lugares a saber: a) En ambos lados y treinta metros antes de las vías en todos los pasos a nivel comprendidos dentro del éjido de la Municipalidad de Concordia.- b) En los accesos norte y sur del barrio denominado La Bianca.- c) En Villa Zorraquin, sobre avenida Monseñor Rosch, ex ruta 14, ciento cincuenta metros después de los carteles indicadores de velocidad máxima 40 kilómetros.- d) En avenida Eva Perón frente a Plaza La Rural.- e) En avenida Monseñor Tavella, frente a la Facultad de Ciencias de la Administración.- f) En ruta 4, con su intersección con calle La Pampa y en ambos lados próximos a la Escuela N° 73 "Pancho Ramírez".- g) En boulevard San Lorenzo, en ambos lados próximos a las Escuelas Números 53 "San Martín" y 14 "Coronel Antonio Navarro".- h) En avenida Las Heras, próximo y a ambos lados de la Escuela N° 17 "Diógenes de Urquiza".- i) En calle Urdinarrain, antes de la Escuela N° 10 "Benito Garat".- j) En ruta 14, próximo y ambos lados de la Escuela N° 33 "Damián P. Garat" y Acceso Sur de Concordia.- ARTICULO 2°.- El Departamento Ejecutivo contará con el asesoramiento de la dirección Municipal de Tránsito con el fin de determinar el lugar exacto de la ubicación de tales reducidores y su respectiva señalización, como así también otros sectores donde crea conveniente su construcción.-
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